¿Se sigue manteniendo la baja por riesgo durante el embarazo y la lactancia?
No han modificado el régimen jurídico de las prestaciones por riesgo de embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
Por consiguiente, las únicas novedades laborales en materia de trabajadoras o trabajadores con hijos a su cargo, son las siguientes:
– En la reducción de jornada por guarda legal, su solicitud ha de realizarse con 15 días de antelación y se deberá determinar la fecha de inicio y fin de la reducción de jornada.
– Asimismo, en la concreción horario, el trabajador tienen derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.